Necesitas Asesoría rápida en Materia de Derecho Laboral? Por solo 5$ la inscripción y por mensualidad anticipada tiene un costo de 6$. Pregúntame sin compromiso vía WhatsApp +58 424 718 01 90 +58 414 745 13 04 +58 412 980 00 14

por | 12 Ene, 20 | Modelos | 2 Comentarios

MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO EN DÓLARES

Modelos | 2 Comentarios

Escritor: LABORAL FÁCIL

In

Establece el artículo 98 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores, que todos los trabajadores tienen derecho  a un salario suficiente que les permita  satisfacer sus necesidades y las de su grupo familiar, por eso he redactado un modelo de contrato de trabajo en dólares que encontraran casi al final de este artículo. 

Y es justo que así sea y que quien TRABAJE  pueda adquirir lo necesario para satisfacer sus necesidades.

Por ello muchas empresas, conscientes de su responsabilidad social, han comenzado a pagar el salario con una parte en dólares.

Es por la necesidad de la empresa de tener un modelo de contrato de trabajo en dólares, que redactamos uno.

Sin embargo, debemos  advertir, que siempre es mejor un contrato redactado por un buen abogado. 

¿Es legal el contrato de trabajo en dólares en Venezuela?

El artículo 123 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, señala:

 «El salario deberá pagarse en moneda de curso legal…».

La Constitución de la República  Bolivariana de Venezuela en su artículo 318 establece que :

 “ La unidad monetaria de la República Bolivariana de Venezuela es el Bolívar …”.

Por su parte el artículo 128 de la Ley del Banco Central de Venezuela dice:

«Los  pagos  estipulados  en  monedas  extranjeras  se cancelan, salvo convención especial, con la entrega de lo equivalente en moneda de curso legal, al tipo de cambio corriente en el lugar de la fecha de pago».

Además, en Gaceta Oficial 41.452 del 02/08/ 2018 se publicó la Derogatoria del Régimen Cambiario y sus Ilícitos.

En este orden de ideas tenemos que Venezuela están TOTALMENTE PERMITIDOS los contratos de trabajos en dólares, e incluso  han sido autorizados por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, por ello al final de este artículo facilitamos un modelo de contrato de trabajo en dólares. 

Algunas decisiones en las que trabajadores han contratado el pago de servicios en dólares,  y han ganado demandas son:  

  • En fecha 05/12/ 2018, expediente   AA60-S-2018-000442, se puede consultar haciendo click AQUÍ.
  • En fecha 18/10/ 2018, sentencia  No.  756,  AA60-S-2016-000969,  se puede consultar haciendo click AQUÍ.

De las 2 decisiones antes mencionadas, me gusta más la primera de las jurisprudencias citadas, porque la contratada fue una venezolana.

¿Se tiene que pagar necesariamente en dólares o al cambio en bolívares?

Se puede pagar en dólares o a la Tasa de Cambio o al tipo de referencia diaria del Sistema de Divisas Complementario (DICOM).

Si demandasen el cumplimiento de la obligación, el Tribunal condenaría pagar la cantidad convertida en Bolívares conforme la tasa DICOM.

En este orden de ideas, un Tribunal no obligaría a la empresa pagar en dólares, sino al cambio en bolívares.

Sin embargo, creo que se podría colocar una cláusula que aumente la cantidad que debe pagarse, si el pago se hace en bolívares y no en dólares.

Aunque esta última opinión es rebatible  … el principio es que en caso de dudas se favorece al trabajador.

Los beneficios se pagaran a la tasa DICOM del momento en que efectivamente se paguen y no del momento en que debieron pagarse.

«Como puede observarse de la transcripción anterior, el juez de la recurrida yerra al establecer que se debía tomar en cuenta el sistema cambiario conforme a la tasa fluctuante DICOM, vigente para la fecha de culminación de la relación de trabajo, es decir, para el 26 de abril de 2016, cuando lo correcto es aplicar dicha tasa de cambio DICOM, vigente para el momento en que tenga lugar el pago efectivo, por lo que incurre en la infracción de ley que se le imputa lo que acarrea su nulidad.”  Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia,  sentencia Nº 756 dictada en fecha 17 de octubre de 2018.

Así, por ejemplo, si se decreta un embargo, en ese momento se hará la conversión de dólares a bolívares.

¿Y cómo se hace para pagar el IVSS, FAOV, etc, si el trabajador gana en dólares?

Convirtiendo los dólares en bolívares al tipo de referencia diaria DICOM del día en que se haga el pago.

¿Se puede establecer que una parte del salario se pague en bolívares y otra en dólares?

Si se puede, tal y como lo indica la Sala de Casación Social del  TSJ de fecha 05/12/2018, expediente  AA60-S-2018-000442.

El modelo de contrato de trabajo en dólares que se facilita al final de este artículo, tiene una parte del salario pagado en bolívares y otra en dólares.

¿Cómo se realizará el cálculo de vacaciones, bono vacacional, prestaciones sociales y utilidades  en dólares?

No se puede establecer en el contrato, que la parte devengada en dólares no tendrá incidencia sobre estos conceptos.

El pacto entre empresa y trabajador en el que se excluye la parte en dólares del cálculo de estos conceptos es  nulo.

El modelo de contrato de trabajo en dólares que se facilita, posee instrucciones para el pago algunos conceptos laborales.

Para leer sobre cálculo de prestaciones sociales, haz click AQUÍ

MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO EN DÓLARES (MIXTO: PARTE EN BOLÍVARES Y PARTE EN DÓLARES)

Entre: ——————————–, empresa inscrita ante el Registro Mercantil ———— de la Circunscripción Judicial del Estado ———-, bajo el No. ——, Tomo ——-, Segundo Trimestre de fecha ——————, representada en este acto por ————————————, venezolano (a), mayor de edad, de estado civil ———– , titular de la cédula de identidad No. —————-, domiciliado (a) en ———-, Estado —————– y hábil, quien actúa en su carácter de _____________, parte ésta que a los efectos del presente contrato en lo adelante se denominará LA EMPRESA por una parte; y por la otra, el (la) Ciudadano (a) —————– , venezolano (a), mayor de edad, de estado civil —————, titular de la Cédula de Identidad N° —————-, domiciliado (a) en ———-, Estado ———- y civilmente hábil, quien en lo adelante se denominará EL (LA) CONTRATADO (A), han convenido en suscribir el presente contrato por tiempo indeterminado, el cual regirá la relaciones de las partes:

PRIMERA: EL CONTRATADO se compromete a prestar sus servicios a LA EMPRESA en calidad de —————— .

SEGUNDA: EL CONTRATADO realizará  las siguientes actividades: a) ——– , b) ———, c) ———-, d) ———-, e) ————–, f) ————.

TERCERA: EL CONTRATADO declara que los datos aportados a LA EMPRESA para la suscripción del presente contrato, así como las referencias aportadas, son ciertos, por lo cual ésta puede proceder a la verificación de dichos datos, referencias y demás circunstancias que soportan su hoja de ingreso o currículum.

CUARTA: EL CONTRATADO se compromete a prestar a LA EMPRESA los servicios descritos en la Cláusula Primera del presente contrato, en la siguiente dirección: —————————————– .

QUINTA: EL CONTRATADO  cumplirá el siguiente horario: ————————, con un descanso interjornada de ——— .Descansará los días ——————–.

SEXTA: LA EMPRESA se obliga a pagarle a EL CONTRATADO y éste así lo acepta, los quince y los últimos de cada mes, mediante transferencia bancaria a cuenta nómina, o en el local donde funciona LA EMPRESA a través de cheque o efectivo, en moneda de curso legal, la cantidad de ——————————————- BOLÍVARES como contraprestación por los servicios señalados en la Cláusula Primera.

SÉPTIMA: Igualmente LA EMPRESA se obliga a pagarle a EL CONTRATADO, los quince y los últimos de cada mes, la cantidad de ___________ DÓLARES ESTADOUNIDENSES, los cuales serán preferiblemente pagados en dicha moneda y en efectivo en la sede de la empresa, y de no ser posible el pago en efectivo, convertidos al tipo de referencia diaria del Sistema de Divisas Complementario (DICOM).

OCTAVA: EL CONTRATADO devengará el Cestaticket en bolívares, en la forma, cantidad y oportunidad que establezca la normativa vigente.

NOVENA: Se pagará la cantidad de días de utilidades que indique la Ley. Para obtener cuánto vale cada día en cada mes se sumará lo devengado el 15 y el último en bolívares, y lo devengado el 15 y el último en dólares y esto ultimo se convertirá al tipo de referencia diaria del Sistema de Divisas Complementario (DICOM) o el que lo sustituya, pagándose la totalidad de utilidades en bolívares, al menos que LA EMPRESA, desee pagar una parte en dólares, todo y siempre, a elección del patrono. Para saber si las utilidades se pagan con el salario del mes anterior a  su pago, o con el salario promedio de los doce meses del año, se atenderá a la jurisprudencia emanada del Tribunal Supremo de Justicia.

 DÉCIMA: Los días hábiles de vacaciones y bono vacacional serán los que correspondan según la ley y se pagaran en bolívares, sumando tanto lo que se devengo en bolívares en el mes anterior a la fecha de disfrute, como lo que se devengó en dólares, y convirtiendo esta última moneda al tipo de referencia diaria del Sistema de Divisas Complementario (DICOM) o el que lo sustituya, y dividiendo el salario del mes anterior a la fecha de disfrute de las vacaciones, entre 30, para obtener el salario a pagar por cada día de vacaciones y de bono vacacional. Las vacaciones se pagaran entre cinco (5) y tres (3) días antes de ser disfrutadas y la tasa DICOM aplicable será la del día del pago.

DÉCIMA PRIMERA: En cuanto al cálculo de prestaciones sociales de conformidad con los literales «a» y «b» del artículo 142 de la LOTTT, es decir el cálculo trimestral, se hará con el salario devengado tanto en en bolívares como en dólares cada trimestre, quedando claro que la parte en dólares primero se convertirá tomando en cuenta el tipo de referencia diaria del Sistema de Divisas Complementario (DICOM) o el que lo sustituya, y luego se sumará a la parte en bolívares, para obtener el salario del mes que corresponde al trimestre.

DÉCIMA SEGUNDA: En cuanto al cálculo de prestaciones sociales de conformidad con el  literal «c» del artículo 142 de la LOTTT , es decir, 30 días de salario por año trabajado calculado a último salario, el último salario devengado se obtendrá sumando las dos (2) ultimas quincenas trabajadas y cobradas por EL CONTRATADO, y se sumará tanto la establecida en bolívares, como la parte establecida en dólares, estableciéndose que la parte en dólares primero se convertirá tomando en cuenta el tipo de referencia diaria (del día en que se paguen las prestaciones) del Sistema de Divisas Complementario (DICOM) o el que lo sustituya, y luego se sumará a la parte en bolívares, para obtener el salario del mes que corresponde al trimestre.

DÉCIMA TERCERA: EL CONTRATADO se obliga a resguardar la mercancía ubicada en LA EMPRESA, como un buen padre de familia.

DÉCIMA CUARTA:  EL CONTRATADO se obliga a evitar el deterioro, extravío, pérdida o hurto de la mercancía.

DÉCIMA QUINTA: EL CONTRATADO está residenciado en __________ y se obliga a notificar cualquier cambio de dirección a LA EMPRESA.

DÉCIMA SEXTA: Para lo no pactado en este contrato, rige la normativa de  la República Bolivariana de Venezuela.

Se hacen dos (2) ejemplares a un solo tenor y a un mismo efecto, uno para EL CONTRATADO y uno para LA EMPRESA en ——–, a los —— días del mes de ————– de ———.

POR LA EMPRESA:                                                       EL CONTRATADO:

NOMBRE Y FIRMA                                                NOMBRE, FIRMA Y HUELLA

Espero que el modelo de contrato en dólares que antecede, les sirva como guía para redactar el de su empresa.

 

DESCARGAR AQUÍ EL MODELO EN WORD

 

Relacionado

Relacionado

2 Comentarios

  1. ALEXIS PALENCIA

    excelente material, gracias dra…

    Responder
    • LABORAL FÁCIL

      Hola Alexis:

      Gracias a ti por tu comentario.

      Saludos,

      Abg. Esp. Patricia Cabrera.

      Responder

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *